La Institución Educativa INEM José Celestino Mutis de Armenia – Quindío, es de carácter oficial, cuenta con jornada única, está comprometida con la formación integral de sus estudiantes en los niveles de transición, básica, media, educación de adultos y modelos flexibles, con un talento humano de calidad; fundamentada en principios de inclusión, convivencia y eficacia, que aporta a la construcción de una sociedad equitativa, técnica, económica y ambientalmente sostenible, acorde con las políticas educativas nacionales.
En el año 2026, la Institución Educativa INEM José Celestino Mutis de Armenia Quindío será reconocida por la formación de estudiantes competentes para la vida, con principios y valores que les posibilite la construcción de un proyecto de vida y contribuya al desarrollo personal, social y ambiental.
El INEM José Celestino Mutis, inició su vida institucional el 10 de abril de 1973, con 432 alumnos y 21 profesores, además de dos directivos, y nueve administrativos en una jornada. El primer rector fue el Licenciado Jorge Baquero Carrillo y el primer Vicerrector Académico el Licenciado Hernán Bonilla Páez. Posteriormente fueron nombrados primer jefe de Unidad, el Docente Hugo Cardona Londoño y como Vicerrector Administrativo, el Economista Jaime Avella Sánchez quienes fueron nombrados en la misma fecha. El segundo Rector Hernán Bonilla P., quien lo sucedieron en su orden Hugo Cardona L., Humberto Urrea, Oscar Ramírez Loaiza., Pastora Barrera M., María Emma Aranguren R. Rodrigo Zamudio B, César Willy Naranjo Clavijo, y actualmente Álvaro Lozano Ospina
La Ley General de Educación en su artículo 77 otorgó la autonomía escolar a las instituciones en cuanto a: organización de las áreas fundamentales, inclusión de asignaturas optativas, ajuste del Proyecto Educativo Institucional -PEI- a las necesidades y características regionales, libertad para la adopción de métodos de enseñanza y la organización de actividades formativas, culturales y deportivas, todo en el marco de los lineamientos que establece el Ministerio de Educación Nacional.
En esa misma perspectiva, con la expedición del Decreto 1290 de 2009, el gobierno nacional otorga la facultad a los Establecimientos Educativos para definir el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes -SIEE-, siendo esta una tarea que exige estudio, reflexión, análisis, negociaciones y acuerdos entre toda la comunidad educativa.
La evaluación no es una tarea aislada del proceso formativo, por tanto, ella debe estar vinculada y ser coherente (conceptual, pedagógica y didácticamente) con toda la propuesta educativa que ha definido el Establecimiento Educativo. La evaluación deberá alinearse con la misión, propósitos, modelo o enfoque pedagógico. Tal actividad implica que en el momento de diseñar el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes, este debe articularse con el PEI, no sólo por su incorporación en él, sino por la correspondencia que debe existir entre el enfoque de enseñanza y el enfoque de evaluación.
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) es el enunciado general que concreta la misión y la enlaza con el plan de desarrollo institucional; es decir, enuncia los planos fundamentales de acción institucional a través de los que se realiza la misión y se le da sentido a la planeación a corto, mediano y largo plazo. Estos planos de acción institucional son la investigación, la docencia, la comunidad educativa y el servicio a la comunidad.
El Ministerio de Educación tiene la misión de orientar las acciones educativas en función del desarrollo integral de los y las estudiantes, tanto en su crecimiento personal como en su inserción activa y participativa en la sociedad; en este contexto, la convivencia escolar adquiere especial relevancia, en tanto ejercita a los y las estudiantes en cómo vivir y relacionarse armónicamente con los demás en los diversos espacios de interacción.
Definición de convivencia escolar
La Ley sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como “la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.
La convivencia escolar se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.
Tiene un enfoque eminentemente formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía. En la escolaridad, estos aprendizajes están establecidos tanto en los Objetivos Fundamentales Transversales como en los Objetivos Fundamentales Verticales.
En sí mismo, el enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que permitan formar personas autónomas, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagogicas.
Documento Pacto de Convivencia
La gratuidad educativa se entiende como la exención del pago de derechos académicos y servicios complementarios.
Las instituciones educativas estatales no podrán realizar ningún cobro por derechos académicos o servicios complementarios.